La Justicia reafirma que se procese a Noelia Posse por el caso ITV

La Justicia reafirma que se procese a Noelia Posse por el caso ITV

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado una nueva decisión que insta al juez de Instrucción a procesar a la alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, en relación al asunto conocido como ITV, en el que se había acordado la cancelación de una deuda de dos millones de euros a la empresa concesionaria.

Los jueces negaron la petición de explicación y ampliación del fallo que ordenó el enjuiciamiento de Posse y otros siete miembros de la Junta de Gobierno.

Los magistrados consideraban que no se puede descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa por condonar una deuda a la empresa concesionaria, lo que a su juicio supuso un "obvio" perjuicio a las arcas del Ayuntamiento de Móstoles.

La decisión tomada revocó el decreto emitido en marzo de 2022 por el Tribunal de Instrucción número 1 de Móstoles y mandaba al juez que decidiera cambiar el caso a un proceso abreviado.

La Sala argumentó que era "innegable" el hecho relativo a que la decisión de la Junta de Gobierno de no optar por la resolución del contrato ante el incumplimiento de las obligaciones, suponga "la comisión de un delito de prevaricación administrativa".

En el escrito, la defensa de la alcaldesa reclamó, que "se aclare y complemente" dicho auto, resolviendo las cuestiones planteadas en relación a "la inexistencia del delito de prevaricación por resultar razonable la interpretación de las normas" por parte de sus mandantes y "no concurrir los elementos objetivos ni subjetivos del tipo delictivo".

Los jueces argumentan que la petición de la alcaldesa va más allá de lo que establece la ley y la jurisprudencia que la interpreta, en relación al complemento de la decisión.

"El auto cuya complemento se solicita contiene la motivación que se estimó suficiente en relación con la resolución recurrida y objeto del recurso, esto es, las pretensiones que los apelantes hicieron valer por vía del recurso de apelación", señala la Sala.

Por tanto, afirman los magistrados que "no cabe por la vía de la aclaración y complemento que interesa la parte, integrar el auto resolutoria del recurso de apelación, con cuestiones que excederían de lo que es propiamente una aclaración de un concepto".

La parte demandante busca una decisión definitiva sobre los hechos en cuestión relacionados con el delito en cuestión.

"En definitiva, una nueva revisión de lo que fue el objeto de apelación que conlleve el cambio de sentido del auto dictado en fecha 10 de febrero de 2023", concluye por lo que entienden que "no procede complemento, ni aclaración".

Fuentes municipales han señalado que están "ejerciendo" su derecho a legítima defensa con todas las herramientas legales disponibles como cualquier otra persona.

"Todo lo que se hizo fue para ayudar a 40 familias en el período más duro de la pandemia, igual que se hizo con otras muchas familias y negocios y establecimientos del municipio", recalcan.