El TSJM ratifica una condena a Noelia Posse, exalcaldesa de Móstoles, por vulnerar los derechos de dos funcionarias

El TSJM ratifica una condena a Noelia Posse, exalcaldesa de Móstoles, por vulnerar los derechos de dos funcionarias

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena impuesta a la exalcaldesa socialista de Móstoles, Noelia Posse, por vulnerar derechos fundamentales de dos trabajadoras municipales a las que cesó en mayo de 2021 tras participar en una asamblea del sindicato UGT.

La sentencia, que desestima el recurso presentado por Posse, ratifica la obligación de indemnizar a cada una de las empleadas con 7.501 euros por daños morales, al considerar acreditado que sufrieron represalias por su actividad sindical.

El TSJM avala así la resolución dictada en junio de 2024 por el Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, que estimó parcialmente la demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta por las afectadas. La sala también condena a la exregidora a la pérdida del depósito judicial presentado para recurrir, y al pago de 800 euros en concepto de honorarios al abogado de la parte demandante. El Ayuntamiento de Móstoles, por su parte, ha quedado exonerado de responsabilidad directa en los hechos.

Los hechos se remontan al 6 de mayo de 2021, cuando las dos trabajadoras, en calidad de afiliadas de UGT, participaron en una asamblea sindical donde mostraron su disconformidad con la continuidad de las negociaciones entre el sindicato y el Consistorio sobre los procesos de consolidación y estabilización del personal. Cuatro días después, fueron cesadas de sus funciones como administrativa y secretaria mediante un decreto firmado por Noelia Posse.

El juez de instancia consideró que no existía una justificación objetiva y razonable para esos ceses, y concluyó que se había producido una vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de garantía de indemnidad. Aunque no se ha ordenado la reincorporación de las demandantes a sus puestos, al tratarse de cargos temporales, el fallo sí reconoce el daño moral causado por la actuación de la exalcaldesa, que ahora se ve obligada a asumir la responsabilidad económica.

Los magistrados del TSJM subrayan en su resolución que el procedimiento seguido para denunciar la vulneración de derechos fue el correcto, al tratarse de una demanda por garantía de indemnidad. Rechazan así los argumentos esgrimidos por la defensa de Posse, y reiteran que puede acumularse una indemnización por daños materiales o morales cuando se demuestra una lesión de derechos fundamentales.