668">La Comunidad de Madrid ha aprobado un protocolo de actuación para articular, con plenas garantías, la propuesta del Consejo General y del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid para habilitar la dispensación a domicilio por parte de las oficinas de farmacia de medicamentos y productos sanitarios a personas especialmente vulnerables, como consecuencia de la evolución de la crisis sanitaria causada por el coronavirus (Covid-19) y el estado de riesgo para la salud pública existente.
699">Este protocolo se establece de manera extraordinaria y exclusivamente mientras dure el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus prórrogas.
705" named-flow="FLOW-3">Así, podrá beneficiarse de este servicio temporal cualquier persona que no tenga la ayuda de su entorno y no pueda salir de su domicilio por problemas de movilidad, enfermedad aguda, procesos crónicos complejos, las personas que por razones de edad o especial fragilidad sean más vulnerables al contagio o aquellas que se encuentren en situación de aislamiento por la Covid-19.
719">Con la medida adoptada se pretende asegurar el abastecimiento de productos farmacéuticos a personas especialmente vulnerables a la enfermedad, así como reducir los riesgos de contagio, evitando que se tengan que desplazar hasta una oficina de farmacia para obtener sus medicamentos.
727">El protocolo arbitra las medidas necesarias para garantizar que la dispensación de los medicamentos y su entrega a domicilio sea realizada a través de una oficina de farmacia, bajo la supervisión directa de un farmacéutico y con todas las garantías de seguridad.