El Tribunal Supremo ha decidido no imponer prisión provisional al exministro de Transportes José Luis Ábalos, aunque advierte de que los indicios en su contra son cada vez más sólidos. En una resolución dictada este miércoles, el magistrado instructor del caso, Leopoldo Puente, recalca la existencia de ingresos opacos en metálico, así como vínculos patrimoniales con el empresario Víctor de Aldama, presunto conseguidor del llamado ‘caso Koldo’, y con el propio Koldo García, exasesor ministerial.
Según detalla el auto, Ábalos habría realizado durante varios años ingresos en efectivo en sus cuentas bancarias sin realizar retiradas de dinero en metálico y sin que conste el origen de esos fondos. A ello se suma que su entorno personal, incluyendo su expareja, su hijo y otros allegados, se habrían beneficiado de pagos realizados directamente por Koldo García o por personas vinculadas al empresario Aldama, por un valor estimado de 95.000 euros.
Entre los pagos destacan el abono del alquiler de una vivienda en Madrid entre 2019 y 2021 por parte de Koldo, el pago de pensiones alimenticias, regalos personales y el disfrute de un chalet en Marbella sufragado en parte al contado. El juez también menciona ingresos procedentes del hermano de Koldo, Joseba García, sin justificación aparente, como una transferencia de 12.000 euros, o un ingreso en metálico de 5.700 euros realizado por la expareja de Koldo a favor de Ábalos.
El instructor considera especialmente significativo el patrón inmobiliario que se dibuja en torno al exministro, señalando que tres propiedades vinculadas directa o indirectamente a él comparten un nexo común: la figura de Víctor de Aldama. En concreto, destaca que su expareja residía en un lujoso piso en plaza de España cuyo alquiler pagaba un socio de Aldama; que la familia de Ábalos disfrutó de un chalet en la costa andaluza arrendado por una empresa vinculada a Aldama; y que el propio exministro suscribió un contrato de arrendamiento con opción a compra en condiciones favorables sobre un inmueble también propiedad del empresario.
El juez concluye que estos elementos revelan una conexión directa entre los beneficios materiales obtenidos por Ábalos y las operaciones opacas investigadas en el marco del 'caso Koldo', donde se indaga la adjudicación irregular de contratos públicos durante su etapa como titular de Transportes.
A pesar de todo ello, el magistrado ha decidido no acordar su ingreso en prisión preventiva, dado el estado actual de la causa. No obstante, advierte que el exministro no ha ofrecido una explicación razonable sobre el origen de los fondos, tras negarse a declarar alegando indefensión por no contar con el abogado de su confianza.
El instructor ve indicios “de singular contundencia” de la posible comisión por parte de Ábalos de delitos de cohecho, tráfico de influencias e integración en organización criminal, sin descartar que pudiera haber incurrido también en malversación de caudales públicos. El Supremo sostiene que estos indicios se refuerzan con el último informe de la Guardia Civil, que también motivó la prisión del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.