La portavoz de VOX en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio, ha celebrado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital, un proyecto impulsado inicialmente por la exalcaldesa Manuela Carmena y continuado por el actual alcalde, José Luis Martínez-Almeida.
"Años de trabajo dan sus frutos. Solo Vox se ha opuesto frontalmente al Madrid Central de Carmena y de Almeida. La libertad puede volver a Madrid", ha expresado Monasterio en sus redes sociales, mientras que la cuenta regional del partido ha insistido en que "por fin se ha hecho justicia".
La sentencia del TSJM responde a un recurso presentado por Vox y anula varios preceptos de la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, que modificaba la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2018 del Ayuntamiento de Madrid. Concretamente, el fallo deja sin efecto las disposiciones que definen las Zonas de Bajas Emisiones en todo el municipio y las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) en Distrito Centro y Plaza Elíptica, manteniendo en vigor el resto del articulado de la ordenanza.
El TSJM estima los argumentos de Vox respecto a la "manifiesta insuficiencia" del informe de impacto económico que precedió a la aprobación de la ordenanza, señalando que dicho informe no valoró adecuadamente las consecuencias económicas de las medidas restrictivas. Según el tribunal, para una correcta ponderación del balance de beneficios y costes, y para considerar alternativas menos restrictivas, era esencial tener en cuenta el impacto sobre los colectivos más vulnerables económicamente, como autónomos, microempresas y pymes, que se ven especialmente afectados por las restricciones al no poder renovar sus vehículos con facilidad.
Los magistrados recalcan que aunque reconocen la potestad del Ayuntamiento para implementar medidas de protección ambiental y sanitaria, y la necesidad de cumplir con los límites de contaminación atmosférica establecidos por la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, la ordenanza no cumplió con los requisitos necesarios en términos de proporcionalidad y adecuación económica.
La sentencia pone un énfasis particular en el "principio de transición justa" consagrado en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que exige medidas concretas para apoyar a los colectivos vulnerables durante la transición a políticas ambientales más estrictas. El TSJM subraya que las restricciones impuestas afectan especialmente a personas con menor capacidad económica, quienes se encuentran en desventaja para cumplir con las nuevas exigencias ambientales debido a su dificultad para acceder a vehículos más limpios.
El fallo también destaca la importancia de considerar la situación de los vehículos profesionales y el impacto económico en las condiciones de competencia y mercado, aspectos que no fueron adecuadamente abordados en los informes previos a la ordenanza. La resolución insiste en que la normativa debe equilibrar la protección ambiental con el respeto a la proporcionalidad y las necesidades económicas de los sectores más vulnerables.