Reclaman que la Covid-19 sea accidente laboral para todos los sanitarios

Reclaman que la Covid-19 sea accidente laboral para todos los sanitarios

CCOO de Madrid ha iniciado su batalla legal para conseguir que a todo el personal sociosanitario que cursó baja con diagnóstico por Covid-19 desde el inicio de la pandemia en la región se le reconozca su contingencia como accidente laboral, y no solo a quienes se enfermaron tras del 27 de mayo, ya que así tendrá una cobertura económica "mucho mayor".

El Real Decreto-ley de 26 de mayo, que considera el SARS-CoV-2 como accidente de trabajo, sólo contempla que afectará a los profesionales cuyas bajas se hayan producido después del 27 de mayo, 74 días después de que se decretara el Estado de Alarma, pero no con anterioridad a esa fecha.

CCOO argumenta, en un comunicado, que se trata de "un criterio discriminatorio y de dudosa legalidad", al menos en la Comunidad de Madrid, donde el Gobierno regional ha reconocido oficialmente –con fecha anterior al 27 de mayo- el contagio de 12.000 profesionales de la sanidad pública por coronavirus.

“Al mismo trabajador se le está diciendo que si se ha contagiado antes del día 27 de mayo es enfermedad común pero si se ha contagiado después del 27 es accidente de trabajo. Y, además, la Directiva europea coloca a este virus como un agente patógeno del Grupo III, casi en el nivel máximo de peligrosidad, y eso refuerza mayormente que pidamos que se determine como enfermedad profesional”, según la responsable de Salud Laboral de CCOO, Rosa Muelas.

“Vamos a solicitar para todos los profesionales sociosanitarios, que incluyen también sanidad privada o residencias de mayores privadas y concertadas, una determinación de contingencia y que se considere accidente de trabajo desde el inicio de la pandemia”, añade Muelas, “porque es de justicia y derecho”.

Si la propia Comunidad reconoce 12.000 infectados en la red sanitaria del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) antes del 27 de mayo, y además "le parece que efectivamente el medio de transmisión ha sido el laboral, parece increíble que estén de acuerdo en que se determine que la misma patología para unos es enfermedad común y para otros es accidente de trabajo”, matiza Muelas.

De hecho, en los hospitales y centros de salud los responsables de Salud Laboral "se niegan a expedir un documento que acredite que su baja por COVID-19 ha sido en el entorno laboral y por circunstancias de su trabajo, si el contagiado enfermó antes del 27 de mayo y dispone ya de un parte de baja por enfermedad común".

Si un profesional sociosanitario "enferma por coronavirus el 1 de marzo y continúa de baja hasta el 1 de junio, del 1 de marzo al 27 de mayo se considera baja por enfermedad común, y a partir de esa fecha y hasta el 1 de junio se considera accidente de trabajo", critica el sindicato.

Para CCOO, "más cruel se entiende la medida si un cónyuge con empleo en la sanidad pública muere por COVID-19 antes del 27 de mayo. El cónyuge pide la pensión de viudedad y solo tiene derecho a una pensión por enfermedad común, lo que reduce la retribución económica" que va a percibir.

Sin embargo, si la misma circunstancia se produce a partir del 28 de mayo el beneficiario de la pensión recibirá una de mayor dotación económica porque se considera que murió a consecuencia de un accidente de trabajo.

Si el contagio es consecuencia de una enfermedad profesional, hasta que fallezca la persona se tienen en cuenta las secuelas que le ha dejado el virus. Por tanto, cada vez que se produzca una recaída o una enfermedad relacionada con esas secuelas está todo cubierto al 100% (gastos de farmacia, ortopedia, fisioterapia).

Sin embargo, "esto no sería así si han considerado que el profesional tiene una afección por enfermedad común".

Esa determinación de contigencia que pide CCOO incluye "también el recargo de prestaciones. Esto significa que todo el personal sociosanitario contagiado durante la pandemia tendrá derecho a cobrar entre un 30% y un 50% de recargo económico de lo que ha estado cobrando mientras estaba de baja por enfermedad común. Y si tuviera que acceder a una Incapacidad Laboral el reembolso económico también iría con recargo".