El fiscal responsable de Protección de Datos defiende que García Ortiz podía borrar información de sus dispositivos si había riesgo

El fiscal responsable de Protección de Datos defiende que García Ortiz podía borrar información de sus dispositivos si había riesgo

El fiscal delegado de Protección de datos, Agustín Hidalgo de Murillo, ha afirmado este martes en el Tribunal Supremo que el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, tenía facultad para borrar la información contenida en sus dispositivos si consideraba que existía un riesgo para la seguridad de los datos, dado que era “responsable del tratamiento” de los mismos.

Hidalgo de Murillo ha testificado como testigo en la cuarta jornada del juicio que se sigue contra García Ortiz por presunta revelación de secretos en el caso que afecta a Alberto González Amador, pareja de la Presidenta del Gobierno regional, Isabel Díaz Ayuso, por la filtración a la prensa de un correo enviado por su defensa a la Fiscalía con el objetivo de alcanzar un acuerdo.

Durante su declaración, ha subrayado que la normativa interna permite la destrucción de documentación y dispositivos en desuso, y que el usuario —en este caso el fiscal general— es responsable no solo del terminal sino de los datos que contiene. “Si no confía en que esos datos vayan a ser borrados adecuadamente, tiene la facultad de destruirlos”, ha asegurado.

El Ministerio Público sostiene que García Ortiz filtró a la prensa el correo clave el 13 de marzo de 2024, recibido a través de su cuenta personal de Gmail. Esta cuenta fue posteriormente eliminada, al igual que el contenido de su teléfono móvil, una actuación que el juez instructor consideró como indicio.

Preguntado por este uso de una cuenta de correo privada, Hidalgo de Murillo ha aclarado que no constituye una brecha de seguridad según la guía de protección de datos de la Fiscalía General del Estado, que contiene recomendaciones, pero no prohibiciones. En este sentido, ha señalado que “lo recomendable es no hacerlo, pero no se prohíbe”, ya que deben ponderarse otros derechos en juego, como la necesidad de comunicación.

El fiscal ha comparado el uso de correo electrónico personal con otras prácticas habituales como la mensajería instantánea, argumentando que “se usa WhatsApp porque a veces es más seguro que las aplicaciones oficiales del Ministerio de Justicia”.

En cuanto a la nota de prensa difundida por la Fiscalía el 14 de marzo de 2024, con detalles del intercambio de correos entre el abogado de González Amador y el fiscal del caso, Hidalgo ha negado que constituya una violación de seguridad. Según su criterio, fue una decisión consciente y autorizada dentro del ejercicio de las funciones del Ministerio Público.

“Una nota emitida por el gabinete de prensa del Tribunal Supremo nunca sería una violación de seguridad”, ha indicado, a preguntas de la Abogacía del Estado, que defiende a García Ortiz en este procedimiento.

Asimismo, ha explicado que no se inició ninguna investigación interna porque su actuación depende de que un “interesado” lo solicite, algo que no ocurrió por parte de González Amador. “Si su cliente se hubiera dirigido a mí, que no lo ha hecho, le habría contestado”, ha afirmado al abogado Gabriel Ramos.

También ha declarado este martes la jefa de la Inspección Fiscal, María Antonia Sanz Gaite, quien ha explicado que se abrieron dos expedientes a raíz de denuncias del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y de Manos Limpias por la nota de prensa de la Fiscalía, pero que ambos procedimientos fueron archivados al judicializarse el caso y, posteriormente, archivarse las causas contra los fiscales Julián Salto y Pilar Rodríguez.